¿Dónde alquilar un coche en Madrid?

alquiler de coche en Madrid

Si estás en Madrid y te apetece vivir la ciudad como un auténtico ciudadano o estás por trabajo lo mejor es alquilar un coche que te permita desplazarte con gran comodidad. Así que vamos a facilitarte la tarea y revelarte todo lo que necesitas saber sobre quién puede conducir un coche de renting en la capital española.

¿Qué es el renting de coches?

Es una solución que hasta hace muy poco estaba dirigida a empresas y autónomos; sin embargo, con el paso del tiempo son más las personas que se interesan por esta alternativa. El renting es un contrato de alquiler de coches a largo plazo, este sistema de alquiler incluye todo lo que se refiere a la compra de un coche, es decir, matrícula, seguro, etc.; además se encuentran incorporados todos los gastos de mantenimiento, revisiones, impuesto y posibles averías.

¿Quién puede alquilar estos coches?

Para poder disfrutar de este servicio y las ventajas que conlleva hay que seguir una serie de requisitos necesarios para cada caso que se presente.

Lo primero que debemos saber es que no hay ninguna norma excluyente para conducir uno de estos coches, solo basta con ser mayor de 18 años y tener carnet de conducir vigente para poder iniciar los trámites. Hasta ahora todo parece muy sencillo, pero hay que prestar especial atención a los requisitos de la empresa a la que estemos solicitando el servicio.

Adicionalmente, se hará un análisis de solvencia para ver si económicamente el solicitante puede asumir los pagos de las cuotas. Las preguntas que se hacen generalmente son:

  • Nómina.
  • Ingresos mensuales.
  • Situación económica.
  • Posibles deudas pendientes.

Existen tres maneras distintas de iniciar el proceso, cada una ajustada a diferentes escenarios y posibles interesados en conducir un coche de renting. Es decir, que existen coches para autónomos, empresas y particulares.

¿Qué documentación se necesita?

Cada caso tiene una documentación específica que presentar a la hora de tramitar el servicio.

Autónomo

  • Último recibo de Régimen de la Seguridad social, declaración trimestral (Modelo 300) y resumen anual del IVA (Modelo 390).
  • Justificante de la titularidad de la entidad bancaria.
  • Declaración censal de empresario o profesional (Modelo 0367/037).
  • IVA presentados del año actual si hay obligación de declararlo (Modelo 303).

Particular

  • DNI, NIF, pasaporte o tarjeta de residencia.
  • Dos últimas nóminas. De esta manera se podrá ver el porcentaje de tu nómina destinado al servicio de renting y si esto es viable.
  • Última declaración de la renta para observar tus ingresos anuales y tu situación patrimonial.
  • Un justificante para comprobar que eres titular de la cuenta corriente a la que se va a asociar el contrato.

Empresa

  • Tarjeta de identificación fiscal.
  • DNI, NIF, pasaporte o tarjeta de residente de los apoderados o representantes de empresa.
  • La escritura de constitución de poderes.
  • El balance actualizado.
  • Impuestos de sociedades del último año (Modelo 200).

Aclaramos dudas frecuentes

Entre las ventajas que nos ofrece este servicio se incluye pagar una cuota fija todos los meses, que no solo cubre el uso del coche, sino que como dijimos al principio también se encarga de ofrecerte seguro a todo riesgo, mantenimiento, impuestos, servicios de asistencia en carretera e incluso ayuda legal para recurrir a multas de tráfico. También permite cambiar el vehículo con mayor frecuencia.

Entre las dudas más frecuentes están quién posee la titularidad del coche, cuando realizamos un contrato de renting, el vehículo va a pertenecer a la empresa con la que se haga el contrato pero nosotros seremos los titulares del contrato. Otra cosa importante a tomar en cuenta es que la empresa no se ve obligada a hacer reparaciones por daños provocados por mal uso, multas o repostaje de combustible.

Alexandra Hidalgo
Disfruto del orden que habita en el caos de ahí mi amor por la moda, la fotografía, los libros y mis peleas con lo absurdo.
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